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Tribunal Administrativo del Magdalena decreta pérdida de investidura de la exdiputada Elizabeth Molina Campo

Frente al fallo judicial, la exdiputada Elizabeth Molina Campo resalta que no tiene ninguna inhabilidad.

Santa Marta, febrero de 2026 – La Sala Plena del Tribunal Administrativo del Magdalena declaró la pérdida de investidura de la exdiputada Elizabeth Molina Campo (período 2020-2023) por violar el régimen de incompatibilidades.

Los Hechos:
La demanda, interpuesta por los ciudadanos William Augusto Jácome Urrea y Germán Percy Rodríguez, señaló que Molina Campo suscribió dos contratos de prestación de servicios profesionales como abogada con la Alcaldía de Ciénaga en febrero y octubre de 2024. Estos contratos se celebraron dentro de los doce meses siguientes a la finalización de su periodo como diputada (31 de diciembre de 2023), periodo en el cual la ley le prohibía intervenir en asuntos contractuales dentro del mismo departamento.

El Fallo:
El Tribunal determinó que se configuraron tanto el elemento objetivo como el subjetivo de la conducta:

Elemento Objetivo: Se demostró que la exdiputada contrató con un municipio ubicado en la misma jurisdicción territorial donde ejerció sus funciones, incumpliendo el artículo 51 de la Ley 2200 de 2022.

Elemento Subjetivo: Los magistrados consideraron que Molina Campo, dada su condición de abogada y la naturaleza del cargo que ocupó, tenía la obligación de conocer las restricciones legales aplicables tras dejar su curul. Su actuación fue calificada como una omisión al deber de diligencia y cuidado.

  1. Implicaciones Jurídicas: La «Muerte Política»
    La pérdida de investidura no es una sanción simple; en Colombia, equivale a lo que popularmente se conoce como muerte política.

Inhabilidad Permanente: Según la Constitución Política (Art. 179, numeral 4), quien pierda su investidura como congresista, diputado o concejal queda inhabilitado de por vida para ser elegido a cargos de elección popular.

Anulación de la Candidatura: Si Elizabeth Molina ya está inscrita como candidata a la Cámara de Representantes, el Consejo Nacional Electoral (CNE) deberá proceder a la revocatoria de su inscripción. No puede ser elegida ni posesionarse.

Segunda Instancia: Al ser un fallo de un Tribunal Administrativo, la afectada tiene derecho a apelar ante el Consejo de Estado. Sin embargo, mientras el fallo esté vigente o si es confirmado en segunda instancia, la inhabilidad es un muro infranqueable.

  1. Panorama Político en el Magdalena
    La salida de Molina Campo del escenario electoral para 2026 redistribuye las fuerzas en el departamento:

Golpe a su Partido: Si la exdiputada encabeza la lista de Coalición Demócrata Amplia por la Paz, su colectividad pierde a una de sus figuras con mayor tracción de votos y visibilidad mediática, lo que pone en riesgo el umbral de la lista para alcanzar una curul.

Redistribución de Votos: Los votos que Molina Campo proyectaba recoger en el departamento quedan «huérfanos». Esto abre una oportunidad para que otros candidatos de la región busquen captar ese electorado.

Mensaje de Rigor Judicial: El fallo envía un mensaje contundente a los políticos del departamento sobre el «año de enfriamiento» (inhabilidad por contratación). Muchos exfuncionarios suelen subestimar esta norma, y este caso servirá de advertencia para futuras campañas.

Crisis de Liderazgo: Molina Campo ha sido una de las voces más críticas del gobierno departamental actual. Su inhabilitación debilita uno de los focos de oposición más visibles en el Magdalena, dejando un vacío en el debate político regional.

  1. ¿Qué sigue ahora?
    Políticamente, la exdiputada seguramente enfocará su estrategia en la defensa judicial ante el Consejo de Estado para intentar salvar su carrera. No obstante, con las elecciones a la vuelta de la esquina, los tiempos judiciales suelen jugar en contra de las aspiraciones electorales inmediatas.

En la otra orilla

Una vez conocido el fallo, la exdiputada y aspirante el congreso de la república Elizabeth Molina Campo, manifestó en sus redes sociales que está «blindada» jurídicamente frente a ese fallo y que no representa ninguna inhabilidad. https://www.facebook.com/share/r/186uopEehN/

Por otro lado, la firma de juristas Prada Rivas &Abogados Asociados manifestó que el fallo no tiene efectos ni consecuencia alguna con su campaña.

De igual manera el abogado Alex Zabaleta precisó que NO HAY INHABILIDAD PARA QUE ELIZABETH MOLINA SEA REPRESENTANTE. https://www.facebook.com/share/r/1C7y6gk8pz/

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